martes, 18 de junio de 2013

DEUDA ILEGÍTIMA


Desde la PACD (Plataforma Auditoria Ciudadana de la Deuda en Aragón) nos lanzan estas reflexiones:

¿Qué es una deuda ilegítima?
La deuda ilegitima se refiere a las que proceden de préstamos que atentan contra la dignidad de la vida de las ciudadanas del mundo y/o ponen en peligro la convivencia pacífica entre los pueblos. Ya sea a través de lo que esconden, de lo que financian o por los comportamientos, mecanismos o fenómenos que, a corto, medio o largo plazo, provocan.
Son las deudas que se derivan de acuerdos financieros que (o bien en la contratación o renegociación, o bien en lo que establecen, en lo que financian o en los impactos que causan) violan los derechos humanos o los principios de derecho reconocidos por las naciones del mundo. O desconocen las reglas de derecho internacional que rigen las relaciones entre los Estados y entre los pueblos. Algunos de esos fenómenos, mecanismos o comportamientos que se han dado a través de las deudas ilegítimas son la opresión de los pueblos, el genocidio, las guerras imperialistas, la corrupción, la distribución desigual de la riqueza, la generación de la pobreza, la arbitrariedad en los procedimientos, el intervencionismo de las soberanías o los desastres ecológicos.
Se determinan varios tipos de deudas ilegítimas, según el destino de los fondos obtenidos (ver http://www.odg.es)
a) Denominamos deudas de opresión a las resultantes de préstamos contraídos para financiar actividades humillantes, agresivas o criminales contra la población del país que se endeudó. La deuda odiosa es una deuda ilegítima de opresión.
  b) Las deudas de guerra consideradas ilegítimas son aquellas derivadas de préstamos que financiaron planes bélicos con fines imperialistas, anexionistas o de conquista (extender el dominio de un país sobre otro u otros por medio de la fuerza).
           c) Deudas de corrupción. Este tipo de deudas son las que se acumulan como consecuencia de actos de corrupción.
           d) Deudas de élite. Estas deudas ilegítimas son las que se acumulan como resultado de préstamos tomados por el Estado para beneficiar exclusivamente a una minoría de la población o a grupos económicos - locales o foráneos- que gozan de una posición de ventaja política o económica preexistente, o que cuentan con el poder suficiente (capacidad para pagar sobornos, capacidad para determinar el estado financiero o económico del país, etc.) para obtener tales favores diferenciales. También hace referencia a la deuda acumulada por los pasivos privados que asume el erario público con el mismo fin.
              e) Deudas de desarrollo. Éstas son las deudas contraídas para realizar proyectos de desarrollo que fracasaron o cuyas consecuencias humanas o ambientales resultaron nefastas porque carecían de estudios de viabilidad técnica, financiera, ambiental o social.
              f) Denominamos deudas de salvataje (salvamento) a aquellas generadas por proyectos o por reestructuraciones económicas, financieras o institucionales que prometían el crecimiento económico del país de localización o su estabilidad -y consecuentemente, la reducción de la pobreza- pero que produjeron el efecto inverso.
     g) En rigor, las deudas fraudulentas no son otra clase de deuda ilegítima, que pueda identificarse por el destino que se le dio a los fondos. De hecho, éstas se podrán encuadrar en alguna de las categorías de deudas ilegítimas ya descritas, en especial las deudas de corrupción o de élite. Sin embargo, esta distinción pretende destacar los casos en que hubo intencionalidad y connivencia entre las partes para que se cerraran negocios sucios basados en la estafa y el fraude con cargo a la deuda soberana. Y en particular, los casos en que la deuda externa se acumula indirectamente debido a la implementación de este tipo de maniobras, como por ejemplo cuando ellas permiten la evasión fiscal, la fuga de capitales o el lavado de dinero.

Una deuda ilegítima ¿puede no pagarse?
Basta que una deuda sea ilegítima para que se pueda ejercer el derecho de repudiarla (no pago). La ciudadanía tiene derecho también a exigir la transparencia y la participación en materia de presupuestos a todos los niveles.
Pero hay que distinguir entre deuda ilegitima y pago ilegítimo del interés. Una deuda puede haberse contraído de forma legal y legítima (la adicción al crédito es una enfermedad de nuestros gobernantes). Pero si sobrevienen circunstancias especiales y se prima el pago de la deuda contraída antes que el pago de necesidades básicas, ese pago sí es ilegítimo. La prioridad del estado es proteger el bienestar de las personas. Por lo tanto, tal y como se explicará más adelante, el cambio de la Constitución en su artículo 135.3 es ilegítimoEs ilegítima una deuda y un modelo económico que antepone los derechos de los acreedores ante los derechos de las personas.

¿Para qué sirve una auditoría de la deuda?
Una auditoría sirve para identificar la parte ilegítima, odiosa o ilegal de una deuda, en concreto para la PACD, de la deuda pública en España. Y está claro que al menos en los últimos 20 años, incluso los últimos 30, hay evidencias de la existencia de este tipo de deudas.
Un ejemplo: Los gobiernos que se han sucedido en España han implementado políticas tributarias de reducciones de impuestos a las personas ricas (ya sea a nivel de sus ingresos como personas físicas o sobre los ingresos de las empresas, especialmente las grandes, ya sean nacionales o extranjeras). Este proceso ha obligado a aumentar los impuestos indirectos, como el IVA, que afecta sobre todo a la gente con ingresos más bajos, ya que el IVA se paga a través de todo lo que se consume. Es decir, se implementan políticas tributarias que no respetan el principio de equidad, y que además, frecuentemente, no reportan a las administraciones la cantidad de fondos necesaria para afrontar los gastos e inversiones públicas. Este hecho lleva a las administraciones a recurrir a un mayor endeudamiento como modo de financiación. Entonces, esa deuda contraída, es una deuda ilegítima de élite.
Otro ejemplo: Una deuda contraída para rescatar a empresas privadas, quebradas, y así socializar las pérdidas y transferir deudas privadas hacia el tesoro público es también una deuda ilegítima, que podría calificarse también como de élite.

¿Qué es en realidad la deuda?
La deuda es un elemento fundamental del sistema capitalista. El Estado podría financiarse sin recurrir al endeudamiento (o recurriendo puntualmente). Pero se asume la deuda como una herramienta imprescindible y la principal vía para la inversión pública. En teoría, las inversiones, el gasto social, en infraestructuras, etc., genera más ingresos, que bien gestionados, deben ser recuperados por el Estado. Los Estados se endeudan, e incluso incurren en déficit, con el objetivo de activar la economía y de obtener superávit a un cierto plazo.
Así pues, estos mecanismos revelan una clave del sistema: la dependencia del crédito, y consecuentemente la necesidad ineludible de crecimiento de la economía (y la confianza falsa en que ese crecimiento se produce indefinidamente).
El Estado se encuentra obligado a crear riqueza (crecer) continuamente para, al menos, devolver los créditos prestados más los intereses. Este crecimiento no siempre produce desarrollo equitativo para toda la población; a veces se obtiene a base de potenciar el sector exportador, al margen de las necesidades reales de la población, como ocurre frecuentemente en los países de la periferia del planeta. Además, la reproducción de este sistema ha sido posible gracias al saqueo sistemático de la riqueza generada por la naturaleza y al aprovechamiento no remunerado de los trabajos sociales y de cuidados realizados por las mujeres.

Pero existen otros mecanismos de obtención de ingresos por el Estado que no dependen tan directamente del crecimiento, y que son más justos y equitativos, especialmente, una política fiscal más progresiva, y otros que se explicarán más adelante.
Es interesante resaltar el papel central que el pago de la deuda tiene para nuestros gobernantes. En agosto de 2011 se reformó, sin consulta popular, y en contra del derecho internacional y estatal, pero con los votos a favor del PP y el PSOE nuestra Constitución para priorizar el pago de la deuda frente a cualquier otro gasto del Estado: "los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta” (artículo 135.3 de la Constitución española).

¿Por qué se favorece la deuda como forma de financiación de la administración pública frente a otros mecanismos? ¿Por qué se prioriza su pago sobre los gastos necesarios para que una sociedad se desarrolle adecuadamente?
Porque, en realidad, la deuda es una herramienta del sistema capitalista en el que vivimos, para generar plusvalía, para obtener beneficios (no sólo económicos) destinados a perpetuar las estructuras de poder, para intercambiar favores políticos y para profundizar en las desigualdades. Ha servido durante décadas a gobiernos de todo tipo para extraer riqueza de los pueblos y trasladarla a las élites, restando legitimidad, soberanía y autogobierno.
La deuda, como instrumento ideológico, nos lleva también a reflexionar sobre la “mercadocracia” en que vivimos, y sobre la carencia de mecanismos de participación en nuestra democracia. Al fin y al cabo, la utilización de la deuda para perpetuar y extremar el injusto y asimétrico modelo económico global, se ve facilitada por la ausencia de la ciudadanía en los procesos de toma de decisiones políticas. Vemos una relación clara entre el problema de la deuda y el vaciamiento de las democracias representativas en favor de la Comisión Europea, del BCE, del FMI (la Troika) y el resto de élites políticas y económicas mundiales (creación de "democracias autoritarias").